Departamento de Licencias de Conductor
Gestión eficiente para la otorgación, renovación y duplicado de licencias en la comuna de Molina.
Información de Atención
Prórroga de Licencias (Ley Nro. 21.579)
Trámites a realizar y requisitos
PRIMERA LICENCIA: Nombre y apellidos, Cédula de Identidad, teléfono de contacto, domicilio y Comuna de residencia
RENOVACIÓN DE LICENCIA: Nombre y apellidos, Cédula de Identidad, teléfono de contacto, Comuna y fecha de vencimiento de su actual licencia, si la tiene físicamente o está extraviada
EXTENSIÓN DE LICENCIA: Nombre y apellidos, Cédula de Identidad, teléfono de contacto, la Clase, Comuna y fecha de vencimiento de su licencia actual, Clase que desea extender
Obtención de duplicidad
- Fotocopia de su Cédula de Identidad, vigente, por ambos lados
- Bloqueo definitivo de la Licencia de Conducir, trámite que se realiza en forma presencial en el Registro Civil
Retiro de licencia
SI ES TITULAR DE LA LICENCIA: Cédula de Identidad y licencia antigua
SI ES OTRA PERSONA: Poder simple, licencia antigua y la Cédula de Identidad del titular de la licencia
Requisito para obtener licencia de conducir por primera vez Clase B y C
- Mayor de 18 años
- Fotocopia Cédula de Identidad
- Fotocopia Certificado de estudio acreditando mínimo 8vo. Básico aprobado
- Vehículo para examen Práctico
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Licencia 17 años
- Fotocopia Cédula de Identidad
- Curso de escuela de conductores con Certificado de aprobación
- Autorización notarial de ambos padres, apoderados o representantes legales.
- Fotocopia Certificado de estudio acreditando mínimo 8vo. Básico aprobado
- Vehículo para examen Práctico
- Certificado de Residencia de la Comuna
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Control B, C, D y F
- Fotocopia Cédula de Identidad
- Fotocopia Licencia anterior
- Sensométrico
- Sicométrico
- Entrevista médica
Postulante por primera vez clase A1, A2 y A4 ( Ley 19.495)
- Fotocopia Cédula de Identidad
- Fotocopia Licencia anterior
- 2 años antigüedad Licencia A1, A2 (Ley 19.495)
- Curso Escuela Conductores Profesional o Curso de Capacitación para poseedores de Licencia A1 (Ley 18.290)
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Control clase A1 y A2 (Licencias anterior al 08 de marzo de 1997)
- Fotocopia Cédula de Identidad
- Fotocopia Licencia anterior
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Postulantes por primera vez a licencia clase A3 (LEY 19.495)
- Fotocopia Cédula de Identidad
- Fotocopia Licencia anterior
- 2 años antigüedad Licencia A1, A2 (Ley 19.495)
- Curso Escuela Conductores Profesional o Curso de Capacitación para poseedores de Licencia A1 (Ley 18.290)
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Postulantes por primera vez a licencia clase A5(LEY 19.495)
- Fotocopia Cédula de Identidad
- Fotocopia Licencia anterior
- 2 años antigüedad Licencia A4 (Ley 19.495)
- Curso Escuela Conductores Profesional o Curso de Capacitación para poseedores de Licencia A1 (Ley 18.290)
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Clase D
- Mayor de 18 años
- Cédula de Identidad
- Saber leer y escribir
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Clase F
- Mayor de 18 años
- Cédula de Identidad
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Acreditar con Certificado la aprobación de los cursos institucionales (reemplaza Examen Teórico y Práctico)
Duplicados
- Fotocopia Cédula de Identidad vigente ( no sirve comprobante)
- Bloqueo ante Registro Civil (impreso)
Licencias extranjeras
- Fotocopia Cédula de Identidad nacional (vigente)
- Tener 18 años cumplidos
- Certificado de residencia de la Comuna
- Certificado de estudios apostillado en país de origen
- Presentar Certificado de Estudios obtenido a través de la página Mineduc.cl
- Vehículo para examen Práctico
- Examen Teórico
- Entrevista médica
- Psicosensométrico
- Examen Práctico
Deudores de pensiones alimenticias
La Municipalidad competente para expedir una Licencia de Conducir o su duplicado, de conformidad con el artículo 5 de la Ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia, deberá consultar en línea al Servicio si el solicitante se encuentra inscrito en el Registro en calidad de deudor de alimentos. Si aparece con inscripción vigente en el Registro, lo informará al solicitante y no dará curso a la solicitud. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en el inciso precedente, el personal respectivo incurrirá en responsabilidad disciplinaria, la que será sancionada con multa, a beneficio fiscal, del diez al cincuenta por ciento de su remuneración.
Si la Licencia de Conducir son indispensables para el ejercicio de la actividad o empleo que le genera ingresos, éste podrá ordenar a la autoridad correspondiente que expida la Licencia de Conducir, con una vigencia limitada, por un plazo no inferior a seis meses ni superior a un año, siempre que el alimentante garantice el pago íntegro de la deuda y se obligue a solucionar las cantidades y con la periodicidad que fije el juez, en relación con los ingresos mensuales ordinarios y extraordinarios que perciba. Una vez recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla en el más breve plazo, de plano o previo traslado, con el solo mérito de los antecedentes que las partes acompañen a sus presentaciones y aquéllos que obren en el proceso.
Historial prorrogas licencias de conducir
Costos de Servicios
| Servicio | Valor |
|---|---|
| Duplicado Permiso de Circulación por pérdida extravió, deterioro u otra causa. | 0.1 UTM |
| Duplicado Licencia de Conducir. | 0.25 UTM |
| Derecho de empadronamiento vehículos a tracción animal. | 0.1 UTM |
| Certificados de Licencias de Conducir. | 0.1 UTM |
| Licencia Profesional Clase A1, A2, A3, A4 y A5. | 0.5 UTM |
| Primera Licencia Clase B, C, D y F. | 0.5 UTM |
| Primera Licencia Clase E. | 0.25 UTM |
| Control cada dos años para conductores con Licencia Clase A1, A2, B, C y D. | 0.25 UTM |
| Control cada cuatro años Licencia Profesional. | 0.5 UTM |
| Control Anual o dos años Licencia Profesional. | 0.25 UTM |
| Control anual de licencias otorgadas de acuerdo con el artículo 21 de la Ley N°18.290. | 0.25 UTM |
| Control cada seis años para conductores con Licencia Clase A2, B, C y D. | 0.5 UTM |
| Control cada seis años para conductores con Licencia Clase E. | 0.25 UTM |
| Cambio de Clase o extensión a otros adicionales a las ya autorizadas a conductores que estén en posesión de licencias conforme a la Ley N°18.290. | 0.25 UTM |
| Cambio de domicilio, examen de reglamento, Práctico, físico-psíquico cuando no se trate del que debe rendirse para el otorgamiento o control de Licencia de Conductor. | 0.25 UTM |
| Inscripción en el Registro de Vehículos fuera de circulación (Ley N°18.440 o Decreto de Ley 3.063 Artículo 15). | 0.1 UTM |
| Certificado de empadronamiento carros y remolques, incluye placa. | 0.5 UTM |
| Duplicado de Certificado de empadronamiento. | 0.15 UTM |
| Certificado de modificación en el Registro. | 0.2 UTM |
| Placa provisoria (incluye costos duplicado placa). | 0.2 UTM |
| Duplicado sello verde o rojo por deterioro u otra causa. | 0.25 UTM |
| Control cada cuatro años Licencia de Conducir no Profesional. | 0.5 UTM |
| Fotografía digital para Licencia de Conducir. | 0.06 UTM |
| Señalización dañada por particulares, más costos de reparación. | 1 UTM |
| Daño a semáforos por particulares, más costos de reparación. | 3 UTM |
| Certificado y otros derechos no especificados. | 0.1 UTM |
Recuerde que el precio de la Unidad Tributaria Mensual (UTM) es variable.